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Título

Nuevas medidas obligatorias para el ingreso al territorio nacional  (30/03/2022)

Descripción

El 30 de marzo del presente se publicó el Decreto Supremo Nº 030-2022-PCM la cual indica que los peruanos, extranjeros residentes y extranjeros no residentes de 12 años a más cuyo destino final sea el territorio nacional, en calidad de pasajeros e independientemente del país de procedencia, deben acreditar haberse aplicado la primera y segunda dosis de vacunación contra la COVID-19 en el Perú o en el extranjero, y la tercera dosis los mayores de 18 años que residan en el país y se encuentren habilitados para recibirla, según protocolo vigente. En su defecto, pueden presentar una prueba molecular negativa con fecha de resultado no mayor a 48 horas antes de abordar en su punto de origen. Los menores de 12 años solo requieren estar asintomáticos para abordar. Aquellas personas que muestren síntomas al arribar a territorio nacional ingresan a aislamiento obligatorio, según regulaciones sobre la materia.

La Autoridad Sanitaria Nacional se encuentra facultada para la toma de pruebas diagnósticas para la COVID-19 a los pasajeros que arriben al país, estableciendo las medidas sanitarias complementarias para los casos positivos.

Para mayor información sírvase consultar:

https://vuelafacil.pe/pasajero-internacional-como-viajar-en-avion/

Declaración Jurada de Salud y Autorización de Geolocalización:

https://djsaludviajero.minsa.gob.pe/dj-salud/


Fecha de Publicación

31/03/2022

Datos adjuntos

Creado el 31/03/2022 01:35 a.m. por Andrés Eduardo Reyna Rodríguez
Última modificación realizada el 31/03/2022 01:35 a.m. por Andrés Eduardo Reyna Rodríguez